En medio de masivas manifestaciones ciudadanas, policía infiltrada, escuchas telefónicas ilegales, cámaras por doquier y montajes, son parte del aparataje represivo controlado por el Estado que busca ahogar el clamor social y perseguir a los descontentos con el Sistema. Procedimientos que van en línea con la política de seguridad interna de los Estados Unidos, con la diferencia que en ese país están amparados por la ley.
Fuerte polémica y amplia discusión ha provocado el carabinero infiltrado descubierto en la protesta del miércoles pasado en Valparaíso. Un supuesto estudiante que incitaba al desorden y la violencia, que arrojaba piedras y que cubría su rostro con un pañuelo, resultó ser un funcionario policial que fue refugiado en el Congreso Nacional tras ser descubierto por los manifestantes.
Sin embargo, las denuncias de infiltrados policiales en marchas y movimientos sociales no son nuevas. Sólo basta recordar el 26 de agosto del año pasado, cuando durante una marcha convocada por la Asociación Nacional de Empleados Fiscales (Anef), el canal venezolan, Telesur, registró con sus cámaras un forcejeo entre Carabineros y un supuesto manifestante que se encontraba haciendo disturbios, el que resultó ser el Subteniente Hugo Melita Sepúlveda .
El infiltrado vestía ropa de civil y lucía una chapita con la leyenda “Estudiantes en paro” y dentro de su mochila portaba esposas, un radiotransmisor, un manual de operaciones en protestas y su identificación policial.
Del mismo modo, el 11 de junio pasado, durante una marcha contra el proyecto hidroeléctrico Hidroaysén, las cámaras de Chilevisión grabaron a un encapuchado llevando detenido a otro, lo que es claro indicio del actuar de policía de civil.
Así también durante el paro nacional del pasado 14 de julio el mismo canal grabó a un grupo de jóvenes con vestimenta normal, saliendo de la 3ra. Comisaría de Santiago y que luego se insertaron en la marcha como cualquier estudiante.
Pero no sólo se infiltran en marchas, sino también en importantes reuniones de organizaciones sociales. Así quedó al descubierto el pasado 2 de junio durante la realización de una junta gremial de los trabajadores portuarios de Iquique, cuando los dirigentes sindicales identificaron a un sujeto que no pertenecía al movimiento, sino que era un detective de la Policía de Investigaciones (PDI).
Desde la elite dirigente, algunos niegan los hechos y otros los amparan. A través de un comunicado público, Carabineros de Chile asegura que la práctica de policías infiltrados no está dentro de sus protocolos de procedimientos. No obstante, el Subsecretario del Interior, Rodrigo Ubilla, defendió el proceder de la institución, al afirmar que es una facultad establecida en la normativa permitir carabineros de civil para efectos de investigaciones de inteligencia.
Al respecto, Domingo Lovera, abogado del Centro de DDHH de la UDP, asegura que cuando hay investigaciones llevadas a cabo por el aparato de persecución criminal con la asistencia de carabineros tiene que existir una autorización judicial, lo que no ocurre en las marchas “Ningún juez de garantía va a autorizar personal infiltrado para marchas porque operan sobre la base de puras conjeturas”, aseguró el especialista.
INTERVENCIONES TELEFÓNICAS
Alto revuelo causaron también las denuncias de intervenciones telefónicas en contra parlamentarios realizadas por un ex funcionario de Carabineros. Según datos entregados por el ex uniformado, Estaban Infante, el Alto Mando de Carabineros mantendría intervenidos los teléfonos de los diputados Guillermo Tellier (PC) y Hugo Gutiérrez (PC), Sergio Aguiló (ex PS) y los senadores Alejandro Navarro (MAS) y Alberto Espina (RN). Además, según consta la denuncia, esta práctica se extendería también a importantes dirigentes sindicales y del mundo social.
Respecto de las acusaciones, el jefe de Inteligencia de Carabineros, Bruno Villalobos, calificó la información que respalda las acusaciones como de “baja calaña” y aseguró estar dolido por el daño causado a la institución, además de afirmar que “los que se oponen a las escuchas telefónicas son los mismos delincuentes”.
Por su parte, el Ex Director General de Carabineros, Fernando Cordero, rechazó las acusaciones, ya que según él, nunca supo que existiera la tecnología para hacer ese tipo de intervenciones. Hasta el ex presidente Ricardo Lagos salió a defender a la institución y a darle todo su respaldo al General Director de Carabineros, Eduardo Gordon, asegurando que son afirmaciones sin fundamentos y “prácticas de otras épocas”.
Los parlamentarios se manifestaron sorprendidos e indignados y aseguraron que Carabineros está actuando al margen del Estado de Derecho y en forma autónoma del Estado, ya que estas escuchas sólo se pueden concretar cuando son autorizadas por un tribunal en determinados procesos judiciales.
El artículo 161-A del Código Penal establece que “Se castigará con la pena de reclusión menor en cualquiera de sus grados y multa de 50 a 500 Unidades Tributarias Mensuales al que, en recintos particulares o lugares que no sean de libre acceso al público, sin autorización del afectado y por cualquier medio, capte, intercepte, grabe o reproduzca conversaciones o comunicaciones de carácter privado (…)
Sin embargo, según explica el defensor público y jefe de la Asesoría Jurídica de la Defensoría Regional Sur, Alejandro Viada, existen dos vías legales para ordenar intervenciones y grabaciones telefónicas. Una de ellas es cuando un fiscal lo solicita a un juez de garantía cuando en una investigación haya razones fundadas de que el delito pudiera tener una condena superior a los 5 años y la otra cuando los organismos de inteligencia del Estado la solicitan a un juez de la Corte de Apelaciones alegando riesgo para la seguridad nacional.
Ambos casos están amparados en el Artículo 222 del Código Penal, el cual establece que “el empleado del orden judicial que se arrogare atribuciones propias de las autoridades administrativas o impidiere a éstas el ejercicio legítimo de las suyas, sufrirá la pena de suspensión del empleo en su grado medio”.
SOCIEDAD SUPERVIGILADA
Al más puro estilo de “1984” la sociedad orwelliana está abriéndose paso. Las imágenes de la marcha y los disturbios mostradas por los canales de televisión evidencian la imparable carrera por saturar a todo Santiago de cámaras, supervigilancia aterradora, con zoom que dejan al descubierto en detalle cada uno de nuestros rasgos faciales.
La ciudadanía y sus libertades se ven vulneradas. El caso del pakistaní es un ejemplo de ello. El 10 de mayo de 2010, Saif Khan, es llamado a la Embajada de Estados Unidos para un trámite de rutina, donde es posteriormente acusado de tener rastros de explosivos en su vestimenta y de tener vínculos con células terroristas internacionales.
Todo resultó ser falso. El Ministerio Público rechazó perseverar en el caso por no tener pruebas concretas para llevar a juicio a Khan. Sin embargo, la alerta medial sobre posible terrorismo en Chile ya había sido ampliamente difundida.
Algo similar ocurrió con el denominado “Caso Bombas”. El 14 de agosto de 2010 fueron detenidos 14 supuestos inculpados que luego de meses de encontrarse en prisión preventiva, fueron dejados en libertad por la precariedad de pruebas presentadas por el Ministerio Público en su contra.
Es irrisorio, pero dentro de ellas figuraban polerones, afiches, libros y una carga de celular de $3.500 como prueba de financiamiento y jerarquía. De hecho, más de dos mil pruebas fueron eliminadas por la Fiscalía Sur en la preparación del juicio oral.
Prácticas de la misma índole son realizadas en Estados Unidos, pero bajo el amparo legal del Acta Patriótica. Este texto legal fue promulgado en dicho país el 26 de octubre de 2001, supuestamente con el objetivo de proteger al país del terrorismo luego de los atentados a las Torres Gemelas perpetrados el 11 de septiembre de ese año.
Dicho texto legal lesiona gravemente las libertades civiles de los habitantes de ese país, ampliando la definición de terrorismo a tal punto que cualquiera puede ser catalogado como tal.
Puede ser culpado de terrorista cualquier persona que en forma violenta o no, “ataque” la política interna o externa de los Estados Unidos. Con ello, cualquier activista político, disidente, antiglobalización o demasiado constitucionalista puede ser declarado terrorista.
Una de las disposiciones más importantes de esta ley es que el FBI está autorizado a realizar intercepciones telefónicas, vigilancia en internet, allanamiento y confiscación de bienes a cualquier individuo sospechoso de ser terrorista sin tener que presentar pruebas que avalen la acusación. Además, se permite la detención indefinida de inmigrantes no visados que no puedan ser deportados a su país de origen.
Al parecer, la política chilena va en el mismo camino que la estadounidense, sólo que en nuestro país no ha habido un episodio tan sangriento como el ocurrido el 11 de Septiembre de 2001 que justifique una legislación tan represiva.
De todas formas, hay que estar alerta ante cualquier posible “atentado” que se utilice como excusa para legalizar las totalitarias prácticas que hoy se están poniendo en tela de juicio. El Caso Bombas y el Caso pakistaní fueron insuficientes.
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